baja por maternidad

La Baja por Maternidad en 2024: Prestaciones, Solicitud y Cuantías

Aquí encontrarás la información que requieras saber en cuanto a las prestaciones por maternidad que se otorgan durante el permiso de descanso legalmente establecido por nacimiento, adopción, tutela o acogimiento.

Este periodo de descanso se conoce como baja por maternidad, al cual tienen derecho todas/os las madres y padres cuando se produce el nacimiento, adopción, tutela o acogimiento de un hijo/a.

La Seguridad Social durante este período contempla, entre otras, una ayuda económica que pretende cubrir los ingresos que los trabajadores dejan de percibir durante las semanas de descanso.

¿En qué consiste la prestación por maternidad?

La baja por maternidad en España es el subsidio que gestiona la Seguridad Social para tratar de remediar la pérdida de ingresos económicos del trabajador en consecuencia del permiso de descanso por maternidad o paternidad, ya que, durante ese periodo, el contrato de trabajo queda en suspenso.

El beneficio comienza el mismo día en el que el trabajador inicia el periodo de descanso, y actualmente, puede ser disfrutado también en parte por el padre, tal y como veremos a continuación.

SUBSIDIO-Cuantias

Si quieres saber cuánto se cobra de baja por maternidad, debes estar al tanto que las sumas a percibir por la prestación por maternidad se corresponden con el 100% de la base reguladora que tenga establecida el trabajador para la prestación por incapacidad temporal por contingencias comunes.

En caso de ser los dos progenitores los que gocen de este beneficio, será la prestación de Seguridad Social quién determinará la fecha en que inician el descanso.

Beneficiarios de la prestación por maternidad

Pueden ser beneficiarios de la prestación por maternidad/paternidad, también conocida como subsidio por maternidad/paternidad, todos los trabajadores y las trabajadoras por cuenta ajena o autónomos, siempre que reúnan los requisitos exigidos uno o ambos progenitores.

Requisitos del Subsidio por Maternidad

Para acceder al subsidio por maternidad/paternidad es necesario que el/la trabajador/a se encuentre afiliado a la Seguridad Social y en alta o en situación asimilada, y que cumpla con los requisitos de cotización.

Según la edad del trabajador, el periodo de cotización será distinto y variará de forma gradual.

En el caso de que la madre al momento del parto no reúna los requisitos de cotización mínimos, podrá ampararse en el subsidio no contributivo por maternidad. En ese caso, el importe a percibir se corresponderá con el 100% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM.

La Duración del Permiso de Baja por Maternidad

La duración del permiso de maternidad/paternidad en España este 2023 es de 16 semanas, tras sucesivas mejoras en los últimos años (subió a 8 semanas en abril de 2019, a 12 semanas en enero de 2020, y a su duración actual en enero de 2021), la cual se amplía en dos semanas más por hijo/a, a partir del segundo, en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiple.

La duración se ampliará en el supuesto de parto, adopción, acogimiento o guarda múltiples en dos semanas más por cada hijo/a a partir del segundo.

También con carácter excepcional, podrá ampliarse este periodo hasta un máximo de 13 semanas adicionales si el recién nacido tiene que ser hospitalizado después del parto.

Para tener en cuenta asimismo la madre podrá ceder al padre 10 de las 16 semanas correspondientes al permiso de maternidad/paternidad, ya que, estos periodos de descanso por baja maternal, pueden ser compartidos por ambos progenitores de forma simultánea o sucesiva, con la excepción de las seis primeras semanas que deben ser disfrutadas siempre por la madre.

Baja por maternidad biológica se inicia:

-En el momento del parto

-Hasta 10 semanas previas al parto por prescripción médica.

Baja por Adopción o Acogimiento:

El permiso de maternidad comienza a partir de la resolución judicial que determina la adopción o el acogimiento.

En los casos de adopción internacional, podrá iniciarse el periodo hasta cuatro semanas antes de la resolución.

En el momento en el que se inicia el periodo de descanso, ya se tiene derecho al cobro de la prestación por maternidad.

Para generar derecho a la prestación se exige que el adoptado o acogido sea menor de 6 años. No obstante, también los mayores de 6 años, pero menores de 18 años con discapacidad o que, por sus circunstancias y experiencias personales o por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar, debidamente acreditadas por los servicios sociales competentes.

Requisitos baja por adopción o acogimiento

-Resolución judicial que reconozca la adopción, tutela o acogimiento.

-Certificado de IMSERSO u órgano autonómico competente en los casos de discapacidad de menores mayores de 16 años.

-Libro de familia.

-Debidamente cumplimentado el modelo de solicitud cuando el padre disfrute simultáneamente o sucesivamente parte del permiso de maternidad.

-Las solicitudes se resolverán en el plazo máximo de 30 días.

Baja maternal cobrando por desempleo

Quizás la madre en el momento en que inicia el permiso por maternidad, ya sea antes o después del parto, esté percibiendo la prestación por desempleo.

¿Qué ocurre en estos casos?

Si la madre/padre está percibiendo el paro mientras se produce la baja por maternidad/paternidad, se suspende de forma automática la prestación por desempleo y será el Instituto Nacional de la Seguridad Social quien se encargue de abonar la prestación por maternidad/paternidad.

Cuando finaliza el periodo de descanso y el cobro del subsidio por maternidad, la trabajadora debe solicitar en su oficina de empleo, la reactivación del paro, que podrá volver a percibir en el plazo de quince días hábiles sin que se produzca alteración alguna en el importe ni la duración que tuviera pendiente.

En caso de no tener derecho al paro una vez que finaliza el cobro de la prestación por maternidad, tienen un plazo de quince días hábiles para solicitar los subsidios por desempleo.

Baja por maternidad/paternidad en los autónomos

Como para el resto de trabajadores, la prestación por paternidad es equivalente al 100% de la base reguladora, que en el caso de los trabajadores autónomos se corresponde generalmente con la base de cotización mínima. Es imprescindible estar al corriente de pago de las cotizaciones. 

¿Quién paga la baja por maternidad?

La Seguridad Social es la encargada de hacer el pago correspondiente por la baja por maternidad. En algunos casos excepcionales es la empresa quien acuerda el pago de esta prestación con la mutua que corresponda.

A tener en cuenta es que mientras se está de baja por maternidad, no se cobra la paga extra.

¿Qué día te ingresan la baja por maternidad?

Lo reglamentario es que el pago se autorice a final de mes, una vez que el expediente está resuelto, de manera que unos días después a la autorización, el dinero tendría que estar ingresado en la cuenta del beneficiario/a.

Hay que tener en cuenta también que el INSS suele trabajar con Bankia, por lo que, si el banco del beneficiario es otro, el pago puede retrasarse un poco.

¿Puedo pedir la baja por maternidad antes del parto?

Sí, existe la posibilidad de pedir la baja por maternidad antes del parto. De hecho, muchas personas lo hacen, porque prefieren pasar la recta final del embarazo en casa. Sin embargo, debes tener presente que tan solo puedes adelantar al parto 10 semanas de las 16 de la duración total de la prestación. Pero es obligatorio acogerse al menos 6 semanas a la prestación por maternidad.

Otra posibilidad es que quizás, durante el embarazo accedas a la prestación por riesgo, si cumples los requisitos. De esta manera no tendrías que tomar parte de la prestación por maternidad antes de dar a luz.

Plazos y solicitud de la prestación por maternidad

El plazo para solicitar la prestación por maternidad se inicia a partir del día siguiente al comienzo del permiso de baja maternal.

Para tramitar el subsidio, los interesados deberán presentar el Modelo oficial de Solicitud junto con la documentación siguiente en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social:

CÓMO SOLICITAR EL PERMISO DE MATERNIDAD O PATERNIDAD

A través de Internet:

se necesita un certificado digital o el DNI electrónico y acceder al portal de “Tu seguridad Social”, haciendo clic aquí 

Solicitud por correo ordinario o presencialmente en un CAISS

Si lo desea, también puede descargar y rellenar el formulario de solicitud que encontrará aquí y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación. En este enlace: podrá encontrar el listado de direcciones.

Para su solicitud presencial:

Se tendra que presentar de manera conjunta la solicitud y la demas documentación por supuesto tendras solicitar cita previa, aquí: tendras el paso a paso como solicitarla.

En este vídeo le mostramos cómo hacerlo.

Que Documentación debo Presentar

Para todos los casos se debe presentar los siguientes documentos

  • Solicitud de la prestación.
  • Acreditación de identidad de los progenitores (DNI, pasaporte o NIE).
  • Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor. En el caso de que fuera enviada por la empresa no será necesario

Según el cual fuera la solicitud, en algunos casos puede tener que aportar otros documentos específicos que le serán solicitados.

En caso de nacimiento de un hijo:

  • Informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud.
  • Libro de Familia o certificado de la inscripción en el Registro Civil de su hijo.

En caso de gestación por sustitución:

  • Inscripción de la filiación del nacido en el Registro Civil a favor del progenitor comitente (persona que confía la gestación de su hijo a otra persona) o la inscripción de la filiación del hijo en el Registro Civil español a favor del comitente y de la madre biológica.

En caso de adopción o acogimiento:

  • Libro de Familia o certificado de la inscripción en el Registro Civil de su hijo.
  • Resolución judicial por la que se constituye la adopción o resolución administrativa o judicial por la que se concede el acogimiento familiar.
  • Cuando se tenga que realizar el desplazamiento previo al país de nacimiento del niño adoptado, deberá presentar toda la documentación emitida por el órgano competente de su comunidad autónoma, en la que se justifique el inicio de los trámites para la adopción.
Silvina Ibañez
Índice
  1. ¿En qué consiste la prestación por maternidad?
  2. SUBSIDIO-Cuantias
  3. Beneficiarios de la prestación por maternidad
  4. Requisitos del Subsidio por Maternidad
  5. La Duración del Permiso de Baja por Maternidad
  6. Baja por maternidad biológica se inicia:
  7. Baja por Adopción o Acogimiento:
    1. Requisitos baja por adopción o acogimiento
  8. Baja maternal cobrando por desempleo
  9. Baja por maternidad/paternidad en los autónomos
  10. ¿Quién paga la baja por maternidad?
  11. ¿Qué día te ingresan la baja por maternidad?
  12. ¿Puedo pedir la baja por maternidad antes del parto?
  13. Plazos y solicitud de la prestación por maternidad
  14. CÓMO SOLICITAR EL PERMISO DE MATERNIDAD O PATERNIDAD
    1. A través de Internet:
    2. Solicitud por correo ordinario o presencialmente en un CAISS
    3. Para su solicitud presencial:
  15. Que Documentación debo Presentar
    1. En caso de nacimiento de un hijo:
    2. En caso de gestación por sustitución:
    3. En caso de adopción o acogimiento:
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